(Valencia, 09 de Noviembre. Resteado en la Noticia).-El Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz emitió una resolución que fue publicada en Gaceta Oficial mediante la cual quedaron fijadas las normas que regulan el uso de la bandera en el territorio nacional.
El artículo 7 de la normativa señala: "La Bandera Nacional en ningún caso debe usarse como elemento decorativo" .
Advierte la resolución que "se hace necesario consolidar la fuerza y el orgullo de la identidad nacional mediante lineamientos formales y uniformes sobre el uso de los Símbolos Patrios ". Las disposiciones establecidas en la resolución "serán aplicables a las oficinas, dependencias, órganos y entes del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal, así como en las Bases de Misiones; instituciones educativas públicas y privadas, en todos sus niveles; autopistas y principales vías de circulación y tránsito terrestre ".
La Bandera deberá ser enarbolada diariamente, a toda asta, en las instalaciones mencionadas a las seis de la mañana y permanecerá izada hasta las seis de la tarde.
En las principales vías de circulación y terminales de pasajeros así como en las Bases de Misiones, la Bandera Nacional permanecerá izada todo el día, debiendo encontrarse suficientemente iluminada entre las seis de la tarde (6:00 p.m.) y las seis de la mañana (6:00 a.m.), del día siguiente.
En las instituciones educativas en todos sus niveles, la Bandera Nacional deberá ser izada y arriada diariamente, al inicio y culminación de las actividades académicas, en señal de respeto a los Símbolos de la Patria, valores fundamentales en el proceso de formación de los educandos.
FUENTE: Notitarde
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