TSJ falló a favor de la adopción homoparental

(Resteado en la Noticia. 23 de Diciembre de 2016)-Koddy Campos aseguró que leyes venezolanas estaban en contradicción con acuerdos internacionales firmados por la República que otorgan derechos a familias homoparentales y establecen el matrimonio igualitario.

Luego de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) a favor de las familias homoparentales, que establece que los hijos que nazcan entre parejas del mismo sexo por reproducción asistida, gozan de los derechos constitucionales que protegen a la familia, la comunidad de personas lesbianas, homosexuales, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGTB) de Venezuela solicitará al máximo tribunal un recurso de amparo para establecer el matrimonio igualitario.

Koddy Campos, en representación de la comunidad LGBT, durante una rueda de prensa en la sede de este movimiento social, celebró la decisión relacionada con la sentencia a favor de Migdely Miranda y su esposa Ginyveth Soto, dos venezolanas casadas en Argentina quienes trajeron al mundo un hijo producto de un óvulo fecundado y quien solo llevaba el apellido de la madre biológica de acuerdo a las leyes venezolanas, en contradicción con acuerdos internacionales firmados por la República que otorgan derechos a familias homoparentales.

“Este 16 de diciembre se recordará entonces como el día en el que se reconocieron los derechos de las familias homoparentales y aunque queda mucho por hacer, especialmente en un país en el que el matrimonio igualitario no es legal, la decisión es un primer gran paso”, dijo.

La decisión a favor de Migdely Miranda y su esposa Ginyveth Soto es un avance en los derechos del movimiento, que antes había logrado una demanda de nulidad por inconstitucionalidad del artículo 44 del Código Civil, en el que se prohíbe expresamente el matrimonio entre personas del mismo sexo.

“La decisión de la Sala Constitucional significa un logro para la comunidad sexodiversa de Venezuela, que ha luchado por sus derechos y ha solicitado igualdad en temas como el del matrimonio y adopción”, afirmó el vocero.

Según el procedimiento contemplado en la Ley Orgánica del TSJ, se ordenó notificar a la Asamblea Nacional, a la Fiscalía General de la República, a la Procuraduría General de la República, a la Defensoría del Pueblo y a los terceros interesados, para que presenten su informe sobre la controversia e iniciar el estudio sobre el derecho al matrimonio civil de las parejas del mismo sexo en Venezuela.


FUENTE: Correo Del Orinoco
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